Reforma Electoral

La Reforma Electoral es un hecho, si bien no es completa (como todo lo que se hace en México, es un paso, pero faltan otros) ya pasó el requisito de mayoría (ya ha sido aprobada en 16 Estados) y solo falta que sea publicada por el Ejecutivo Federal para que al día siguiente entre en vigor. Si todo sale bien, se esperará al menos una semana, tiempo en el cual se espera sea aprobada por 27 o 28 legislaturas y además sean adecuadas las leyes secundarias en la materia.

El el proyecto de decreto de la Reforma Electoral, se reforman los artículos 6, 41, 85, 99, 108, 116 y 122, se adiciona el artículo 134 y se deroga un párrafo al artículo 97 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Al ser una Reforma Constitucional, no caben los amparos o mecanismos que impidan su efecto y ejecución, así que luego de su publicación entra en vigor.

Hemos sido testigos de que en un asunto tan importante, incluso el cabildeo (lobbying) de los medios de comunicación tradicionales en favor de ellos mismos no ha surtido ningún efecto, y reviste en si misma un acto de soberanía por parte del Congreso de la Unión del país, cosa que celebro y espero siga el mismo tenor para con las ansiadas Reformas tanto Hacendarias (no de misceláneas nuevas, sino de forma y fondo) y de Seguridad Pública y Justicia Penal, que tanta falta le hacen a México.

Por desgracia y como siempre, la apatía de los mexicanos se hace patente, pues nadie lee las instrucciones del juego (léase La Ley) y se sigue estando a merced de los lectores de noticias y comentaristas para formarse una opinión personal al respecto. Es por ello que me di a la tarea de averiguar que es lo que cambia y hacer unos comentarios al respecto.

Para empezar, en el Artículo 6o. menciona “La manifestación de las ideas no será objeto de inquisición judicial o administrativa,  sino en el caso de que ataque a la moral, los derechos de tercero, provoque algún delito, o perturbe el órden público; el derecho de réplica será ejercido en los términos dispuestos por la ley. El derecho a la información será garantizado por el Estado.” Donde se ve el espíritu real de la Reforma, ya que las elecciones federales pasadas nos dejaron un tormentoso recuerdo del como no sólo se manifestaron las ideas, sino que se atacaron los derechos de varios de los contendientes de formas que la misma Reforma ahora hace ilícitas.

En el Artículo 41 fracc. I, se dice “Sólo los ciudadanos podrán formar partidos políticos y afiliarse libre e individualmente a ellos; por tanto, quedan prohibidas la intervención de organizaciones gremianles o con objeto social diferente a la creación de partidos y cualquier forma de afiliación corporativa“. Con ello queda clara la separación del ejercicio político de los entes gremiales o corporativos que tanto daño nos hicieron en el pasado (incluso reciente).

Más adelante, en el mismo Artículo 41 en su fracc. III dice “Los partidos políticos nacionales tendrán derecho al uso de manera permanente de los medios de comunicación social.”  Es una lástima que en el resto de la Reforma, por su naturaleza, solo se especifique que se trata de radio y televisión (por los tiempos), ya que quedan fuera los periódicos e internet. Esto deberá ser objeto de estudio y posterior regulación, ya que se trata de importantes medios de comunicación.

Siguiendo en el Artículo 41, en su Apartado A., menciona que “Los partidos políticos en ningún momento podrán contratar o adquirir, por sí o por terceras personas, tiempos en cualquier modalidad de radio y televisión. Ninguna persona física o moral, sea a título propio o por cuenta de terceros, podrá contratar propaganda en radio y televisión dirigida a influir en las preferencias electorales de los ciudadanos, ni a favor ni en contra de partídos políticos o de candidatos a cargos de elección popular. Queda prohibida la transmisión en territorio nacional de este tipo de mensajes contratados en el extranjero“. Este es, quizás, el punto de mayor controversia de la Reforma, ya que impide por un lado el ejercicio del erario público en manos de los partidos políticos y le pasa esta atribución al IFE, quitando la discrecionalidad con la que se contrataban espacios en diversas empresas de comunicación, y por otra parte la pariticpación de cualquier otro ente que no sean los propios partidos políticos en la contratación de espacios para influir en las elecciones (como sucedió con diversos gremios empresariales), con lo que cierra completamente el círculo de inversiones discrecionales (con intereses de grupo) y de seguir dándole un subsidio a los medios, mismo que pagábamos todos los mexicanos. Esta es la verdadera ganancia de la Reforma Electoral en términos de justicia y equidad, tanto del gasto público como de libre competencia de los medios.

Continuando con el Artículo 41, en su Apartado C. dice “En la propaganda política o electoral que difundan los partidos deberán abstenerse de expresiones que denigren a las instituciones y a los propios partidos, o que calumnien a las personas.” En otros términos, se prohíbe el llamar al contendiente “un peligro para México” o “cállate chachalaca”. Es una especie de pacto legal en el que no se puede hacer política haciendo calumnia.

En el Artículo 116  fracc. IV inciso e) reitera que “Los partidos políticos sólo se constituyan por ciudadanos sin intervención de organizaciones gremianles, o con objeto social diferente y sin que haya afiliación corporativa.” Afectado de forma positiva la forma en la que hoy operan los partidos políticos en México, al volver ilegal el coportativisimo o la prescencia gremial al interior de los mismos.

Por último, en el Artículo 134 hace algo que parecía imposible con la propaganda de programas públicos diciendo “En ningún caso esta propaganda incluirá nombres, imágenes, voces o símbolos que impliquen promoción personalizada de cualquier servidor público“. Aquí en definitiva se comienza una nueva forma de comunicación social, pues los mexicanos han estado acostumbrados a ver la efigie de los titulares del momento de los diversas insituciones entregando los recursos públicos y al mismo tiempo haciéndose campaña personal, todo esto será ilegal.

Yo no pude ver, leyendo todo el proyecto de decreto de la Reforma, donde estaba limitando la libertad de expresión de nadie, y es quizás por esto que ha venido siendo aprobada con excelentes números en los congresos locales de los Estados, pero si puedo ver el enorme impacto financiero que representa para muchos pseudo-medios que han venido viviendo del dinero público: ahora no podrán recibir, discrecionalmente o no, las enormes sumas de dinero que representaban los tiempos de campañas electorales.

Se presentará una gran oportunidad pues aquellos concesionarios que han estado acostumbrados a recibir nuestro dinero para subsistir se verán en bancarrota, pero por desgracia veo que esa oportunidad fácilmente la tomarán conglomerados españoles y estadounidenses, y en la mayoría de los casos, varias estaciones de radio y televisión simplemente dejarán de existir, porque como empresas no han sido y no serán rentables. De ahí la gran oposición de la CIRT, pero yo, por lo pronto, estoy contento de no financiar empresas que no funcionan.

Falta aúnque se tomen en cuenta a los periódicos y a internet, donde veremos seguramente los flujos de inversión que antes estaban destinados a los medios, pero el paso está dado.

¡Enhorabuena, legisladores!

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